Por Octavio Escalante

Pasados unos meses de la iniciativa ciudadana aprobada por el Congreso del Estado y publicada el 14 de junio en el Boletín Oficial, ¿Qué es lo que está pasando con la difusión de las nuevas condiciones respecto al aborto en Sudcalifornia?

Si bien fue publicada en el Boletín Oficial, confesémonos como poco lectores de toda clase de literatura y mucho menos de las reformas a las leyes que rigen nuestra vida ciudadana. No es de poca importancia que no se haya informado aun sobre estos cambios que tienen que ver, sobre todo, con los derechos de la mujer y su derecho a interrumpir el embarazo, así como la eliminación en los códigos penales relacionados a la decisión de ello.

Hay un término llamado «objeción de conciencia» para personal del hospital que no desea participar en un aborto. Ese término lo contempla la reforma actualizada, pero hay autoridades médicas que están obligadas, en distintas circunstancias, a realizarlo.

La difusión de estos términos depende de los medios de comunicación y del propio gobierno; de lo contrario, al no ser del conocimiento público, las reformas quedan apagadas y todo sigue funcionando como si nada, hasta que suceda, en dado caso, un juicio.

En este tema de la interrupción del embarazo la cuestión es de vital importancia, literalmente, pues se trata de las mujeres que en todo su derecho deciden realizarlo y pueden incluso peligrar de perder la vida, frente a autoridades o personal médico que no se siente obligado a cumplir con el proceso, puesto que no conoce la ley, no quiere o no la hace efectiva.

En cambio, la calumnia enciende en las redes como un reguero de pólvora. Es necesario entonces que por decreto, quizá mediante otra iniciativa, se haga obligatoria también la publicidad de estas reformas y los anuncios publicitarios en hospitales públicos y privados donde se expliquen, someramente, los nuevos derechos adquiridos.

Así como hay presupuesto para otras publicidades, que se use uno para la difusión de ésta y otras reformas y que el ciudadano esté al tanto siempre, al menos mediante esta publicidad, de los cambios que van realizándose –y no sólo de los errores o los aciertos inherentes al quehacer de las administraciones.

Este mismo texto, al final, tiene un enlace para que el público revise, en la página 21, la reforma hecha a mitad de junio de este año y que quien esté en esa situación haga valer sus derechos.

Si no fuese así, es decir, si no se conociera el derecho, seguiríamos viviendo una ley acaso –no solamente del año pasado, sino de otros años, pues no nos actualizamos nosotros mismos y pese a los arrebatos en el Congreso, sean ciudadanos o de funcionarios, mientras no se publique, se difunda debidamente y se conozcan las reformas a las leyes que nos rigen, seguiremos siendo víctimas de una ilegalidad, sólo por no poderles responder con la ley que está escrita, y que es para el bien de todos– presumiblemeente, aunque en este tema la considero totalmente para bien de quien esté en esa situación.

Enlace para que se revisen las reformas en relación a la interrumpción del embarazo, página 21:

https://secfin.bcs.gob.mx/fnz/wp-content/themes/fnz_bcs/assets/images/boletines/2022/36.pdf