La Paz, Baja California Sur.- La XVI Legislatura del Congreso del Estado de Baja California Sur ha dado un paso significativo hacia la erradicación de formas de discriminación al aprobar una iniciativa ciudadana que reforma el artículo 168 del Código Penal del Estado, específicamente relacionado con el “Peligro de Contagio”. La modificación busca eliminar la connotación sexual que previamente caracterizaba el delito, con el objetivo de promover la igualdad y la no discriminación.

La redacción original del artículo 168 definía el Peligro de Contagio como el acto de poner en riesgo la salud de otra persona mediante relaciones sexuales u otros medios transmisibles, cuando el individuo tenía conocimiento de padecer una enfermedad grave y transmisible. Sin embargo, durante la discusión en lo particular, la diputada María Guadalupe Moreno Higuera propuso un enfoque más genérico, que fue respaldado por el pleno legislativo.

La reforma del artículo 168 establece ahora que el delito consiste en poner en peligro de contagio la salud de alguien por cualquier medio transmisible, eliminando así la referencia explícita a las relaciones sexuales. Este cambio fue respaldado por la asamblea como una medida crucial para evitar posibles actos de discriminación, especialmente hacia aquellas personas que padecen enfermedades graves y transmisibles, como el VIH.

La Comisión Permanente de Puntos Constitucionales y de Justicia, encargada de analizar la iniciativa ciudadana, emitió un dictamen que respaldaba la modificación. Según el documento, la redacción anterior del artículo 168 destacaba las relaciones sexuales como un medio específico de comisión del delito, lo cual podría interpretarse como una forma de discriminación hacia las personas con VIH. En consecuencia, se recomendó la reforma del artículo para hacerlo más inclusivo y respetuoso de los derechos fundamentales.

La iniciativa ciudadana contó con el respaldo de varios legisladores, entre ellos, Sasha Ceseña Guillins, José Raúl Pérez Aguilar, Ángel Fabián Gaxiola Infante y Gonzalo Agustín Eliosa Martínez. Aunque algunos proponían la derogación total del artículo, la mayoría optó por la reforma propuesta, buscando equilibrar la protección de la salud pública con el respeto a los derechos individuales.

José María Avilés Castro, presidente de la comisión dictaminadora, explicó que la supresión del término “relaciones sexuales” se realizó para evitar posibles conflictos legales, haciendo referencia a la acción de inconstitucionalidad número 139/2015. En esta acción, la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó parte de la normativa impugnada relacionada con “infecciones de transmisión sexual”. La reforma, por ende, busca alinear el Código Penal con las directrices constitucionales y garantizar una legislación que no propicie la discriminación.