La Mesa Directiva del Congreso del Estado de Baja California Sur ha tomado acción para enmendar un vacío legal que ha persistido en la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de dicha entidad. Se trata de la ausencia de disposiciones referentes a los días de descanso obligatorio que se celebran en febrero, marzo y noviembre a nivel federal.

La iniciativa propuesta busca incluir oficialmente en la legislación estatal los días de descanso obligatorio correspondientes al primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero, Promulgación de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos; el tercer lunes de marzo en honor al 21 de Marzo, Natalicio de Benito Juárez; y el tercer lunes de noviembre en recuerdo del 20 de noviembre, Aniversario de la Revolución Mexicana.

Esta propuesta implica una reforma al segundo párrafo del artículo 30 de la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de Baja California Sur, con el objetivo de armonizarla con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo. Se destaca que esta reforma federal previamente no había sido incorporada en la legislación estatal, a pesar de que en la práctica los tres descansos obligatorios se otorgan.

La justificación de esta iniciativa radica en la necesidad de homologar criterios en materia laboral federal y estatal, evitando la duplicidad de eventos y garantizando un estricto cumplimiento de las disposiciones legales en relación a los días de descanso obligatorio. Según la propuesta, esta medida busca asegurar la coherencia entre la Ley Federal del Trabajo y la normativa local, sin menoscabo de las facultades que la Constitución Federal otorga a los estados en sus relaciones laborales internas.

La iniciativa ha sido remitida a la Comisión de Asuntos Laborales y de Previsión Social del Congreso del Estado de Baja California Sur para su análisis y dictaminación, marcando un paso importante hacia la actualización y armonización de la legislación laboral en la entidad.