Aprueban “Ley 3 de 3” en Baja California Sur

Diputadas y diputados de la XVI Legislatura del Congreso del Estado de Baja California Sur han aprobado por unanimidad la denominada “Ley 3 de 3”. Esta ley establece que será requisito de elegibilidad no ser deudor alimentario moroso o tener antecedentes de cualquier tipo de violencia, incluyendo agresores sexuales, para ocupar cargos públicos de elección o de designación como servidor público.

La aprobación de esta ley representa un importante avance en la protección de los derechos de las mujeres y en la eliminación de la violencia de género en el ámbito político. Las propuestas fueron presentadas por las diputadas Teresita de Jesús Valentín Vázquez y Gabriela Cisneros, así como por la ciudadana Alma Margarita Oceguera Rodríguez.

Las reformas y adiciones a diversas leyes del estado, como la Constitución estatal, la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, la de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Electoral, la Ley Orgánica de la Administración Pública y la Ley Orgánica del Poder Judicial, tienen como objetivo evitar que personas con antecedentes de violencia o deudores alimentarios morosos ocupen cargos públicos en cualquier nivel o poder del servicio público.

Estas iniciativas fueron dictaminadas por las comisiones permanentes unidas de Puntos Constitucionales y de Justicia, de Derechos Humanos, de Asuntos Indígenas y Afromexicanos, de Transparencia y Anticorrupción y de Igualdad de Género. La primera de ellas, presentada por las diputadas Teresita de Jesús Valentín Vázquez y Gabriela Cisneros Ruiz, busca eliminar la violencia contra las mujeres y proteger el interés superior de la niñez. La segunda iniciativa agrega reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado.

La Ley 3 de 3 establece que las personas que se encuentren en los supuestos previstos, como ser prófugo de la justicia, tener sentencia ejecutoria por delitos graves o ser deudor alimentario moroso, no podrán ser registradas como candidatas o candidatos a cargos de elección popular, ni podrán ser designadas, electas o nombradas para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público.

Además, se plantea la creación de un Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias para dar cumplimiento a estas disposiciones. El Poder Judicial del Estado deberá expedir la constancia de no ser deudor alimentario moroso, mientras que la Dirección General del Sistema Penitenciario deberá expedir la constancia de no tener sentencia firme a aquellas personas que pretendan ser registradas como candidatas o nombradas para cargos en el servicio público.

Esta reforma representa un paso importante en la lucha contra la violencia de género y en la garantía de la integridad y seguridad de las mujeres en el ámbito político. Con la aprobación de la “Ley 3 de 3”, se busca asegurar que los cargos de elección popular y de designación sean ocupados por personas que cumplan con los requisitos éticos y morales necesarios para desempeñar dichas responsabilidades.