a Paz, Baja California Sur, [Fecha]

En busca de fortalecer la protección legal contra el acoso sexual, la Comisión de Igualdad de Género presentó una iniciativa para incorporar el tipo penal de acoso sexual al Código Penal del Estado de Baja California Sur. La propuesta, que busca subsanar lagunas legales y garantizar una mayor protección a las mujeres, fue destacada por la diputada Gabriela Cisneros durante su intervención en tribuna.

La legisladora hizo hincapié en la importancia de abordar las diversas situaciones de violencia que las mujeres enfrentan diariamente en espacios públicos, tales como calles, transporte, escuelas, centros recreativos, playas, parques y otros lugares. La iniciativa pretende atender esta problemática y adecuar la legislación local a los principios constitucionales, específicamente el artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La propuesta de reforma se centra en modificar el segundo párrafo del artículo 6-TER de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Baja California Sur. Además, busca reformar el Código Penal para Baja California Sur, incorporando de manera adecuada el tipo penal de acoso sexual.

Según la diputada Cisneros, el acoso sexual se define como una forma de violencia en la cual, sin existir una relación de subordinación entre la víctima y el agresor, este último asedia, persigue, ofende o molesta física o verbalmente a una o varias mujeres con fines móviles o lascivos sexuales. Esta conducta atenta contra la dignidad y la libertad de la víctima, generando un estado de indefensión y riesgo.

En el marco de la presentación, se destacaron las estadísticas alarmantes proporcionadas por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), que revelan que los delitos de violencia familiar contra las mujeres ocuparon la segunda posición en frecuencia en 2022, solo después de los robos. En total, se registraron 273,903 delitos contra las mujeres, representando el 14.8% del total de delitos en el país.

El análisis detallado de estos delitos mostró que el 80.4% correspondió a delitos de violencia familiar, mientras que los delitos de naturaleza sexual, como el acoso sexual, representaron el 2.0%. Ante esta realidad, la propuesta legislativa busca imponer penas de uno a dos años de prisión y multas de 100 a 400 días a aquellos que cometan el delito de acoso sexual.

Cabe destacar que, en caso de que el responsable sea un servidor público y ejecute la conducta durante el desempeño de sus funciones, además de la pena establecida, se procederá a su destitución del cargo. Asimismo, se resalta que el delito de acoso sexual solo será perseguido por querella, a menos que la víctima sea menor de edad o carezca de la capacidad para comprender el significado del hecho, en cuyo caso se perseguirá de oficio. La propuesta ahora pasará a discusión y votación en el pleno legislativo.