Se exhortará a la Cámara de Senadores a que «dé revés» al proyecto de decreto por el que se establecería la «Cobranza Delegada», es decir que pueda una empresa financiera de crédito (como un banco, por ejemplo) cobrar los montos a los patrones de los deudores, o a las empresas para quienes trabajan, directamente, sin que pase por las manos, la nómina o el bolsillo del empleado deudor.

Este exhortó lo aprobó el Pleno de la XVI Legislatura del estado, en una franca postura ante una iniciativa a la que se la ha comparado con los mecanismos de «tienda de raya», priorizando a los bancos por encima –muy por encima– de los empleados.

Esta proposición con punto de acuerdo la presentó María Luisa Trejo Piñuelas para que el Senado de revés a las reformas a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, a la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, y a la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, en materia de Cobranza Delegada, que la semana pasada aprobó la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

Diputadas y diputados de todas las fracciones aprobaron en el sentido de que desaparezca la libranza irrevocable (irrevocabilidad de la deuda). Este término significa que el empleado que firma el contrato con el banco o entidad de crédito para acordar la «Cobranza Delegada» está aceptando que la empresa para la que trabaja abone directamente hasta que quede saldada la deuda, sin posibilidad de cancelar el contrato por parte del deudor, y sin importar el monto de la deuda.

Los diputados consideran que dicha reforma atenta contra el derecho de imbargabilidad del salario y contra el bienestar de los trabajadores y sus familias.

La legisladora Trejo Piñuelas se refirió a la cobranza delegada como una reforma que «solo esclaviza a los trabajadores a las entidades financieras, a costa del producto de su trabajo y el bienestar de sus familias». Asimismo aseguró que es una reforma que beneficia únicamente a las financieras, que de esa manera aseguran la recuperación del préstamos mediante un potencial embargo de hasta el 45 por ciento del salario del trabajador.