Ya que la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de Baja California Sur no prevé una norma jurídica que prohíba y sancione la violencia y el acoso laboral, la diputada María Luisa Trejo Piñuelos propuso su tipificación.

Trejo Piñuelas, quien también es presidenta de la Comisión Permanente de Asuntos Laborales en la XVI Legislatura explicó que aunque estos delitos los contempla el Código Civil, en apego al Convenio 190 de la OIT sobre la eliminación de la Violencia y el Acoso en el Mundo del Trabajo, se incorporan las definiciones de acoso laboral y de género, así como sanciones en la Ley Burocrática estatal.

«Acoso laboral cualquier conducta o practica llevada a cabo por los titulares, sus representantes o por las y los propios trabajadores con la cual se hostiga o denigre a una trabajadora o trabajador de manera recurrente y sistemática, incluyendo cualquier tipo de violencia prevista en las leyes, que produzcan miedo o inestabilidad emocional en su persona, así como afectaciones en su salud y seguridad en el trabajo», se suscribiría la adición a la fracción XII al artículo de dicha ley.

La propuesta establece que los titulares de los Poderes deberán garantizar que los posibles hechos sean denunciados oportunamente e investigados por la autoridad competente, así como que se deberán de promover acciones dentro de los espacios laborales para visualizar este tipo de conductas, evitarlas, prevenirlas, sancionarlas y combatirlas entre las trabajadoras y los trabajadores.

La propuesta fue turnada a las comisiones unidas de asuntos laborales y de Previsión Social y de igualdad de género para su análisis y dictaminación.