En la Constitución todos tenemos los mismos derechos como personas, y que en este caso debe prevalecer el derecho de los menores a tener una familia. Así como que la honorabilidad de los adoptantes, su modo honesto de vivir, sea el valorado en las evaluaciones previas a una adopción, y no su preferencia sexual, contestó el diputado Luis Armando Díaz

Ayer en el Congreso del Estado, durante la lectura del dictamen que permitiría a parejas homoparentales la adopción de menores, irrumpieron integrantes del Frente Nacional por la Familia en protesta por la resolución, anunciando que realizarán un evento masivo en total rechazo a esta posible reforma al Código Civil en BCS.

«Se están haciendo muchas leyes a favor de un idealismo que no está avanzando. Se reformó el artículo al casamiento y solamente cien personas homosexuales se han casado en el estado. Y ya van diecisiete muertos (sic) por haber aceptado el aborto en el estado. Cómo a este tipo de personas que están en contra de los niños en el vientre de la madre, ahora quieran que se les dé la adopción. Eso no puede ser posible», se escucha decir a uno de los manifestantes.

El Frente Nacional por la Familia ayer mismo inició una petición en la plataforma actívate.org para recoger 500 firmas, de las cuales hasta hoy llevan poco más de 70, y que va encaminada a rechazar el dictamen.

Luis Armando Díaz, por su parte, contestó que respeta a los manifestantes pero aclaró que la Segunda Lectura de la Iniciativa puede ser discutida por los representantes que estos manifestantes pudieran tener en el Congreso, y así den sus opiniones.

Agregó que en la Constitución todos tenemos los mismos derechos como personas, y que en este caso debe prevalecer el derecho de los menores a tener una familia. Así como que la honorabilidad de los adoptantes, su modo honesto de vivir, sea el valorado en las evaluaciones previas a una adopción, y no su preferencia sexual.

Luis Armando Díaz presentó esta iniciativa el 31 de mayo de 2022, cuando explicó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha señalado que si bien en el caso de la adopción, el interés superior de la niñez constituye un principio que debe ser cumplido por parte del Estado en todos sus ámbitos y niveles, y que tendrá un interés prevalente sobre los de la persona o personas adoptantes, también ha reconocido ese Alto Tribunal, que la orientación sexual de una persona o pareja que pretenda adoptar, no puede ser considerada como un elemento que se contrapone, per se, al respecto de aquel principio del interés superior de la niñez, y por lo tanto, ser nocivo para el desarrollo de un niño o niña, y por ello no permitir su adopción.