El día de ayer (jueves 10 de noviembre) se publicó en el Diario Oficial de la Federación un acuerdo por el que se modifica y amplía la vigencia de red de zonas de refugio en aguas marinas de jurisdicción federal frente a las costas de Baja California Sur, abarcando el corredor marino de San Cosme a Punta Coyote.

En las zonas de refugio (12 polígonos) se aplicaría la ley durante los próximos cinco años para que pueda pescarse únicamente si se hace de maneras muy específicas, dependiendo si es refugio pesquero «totales temporales» o «parciales temporales».

En las zonas de refugio pesquero se encuentran las localidades de San Marcial, San Mateo, Estero de Tembabiche, San Diego, La Habana, Estero San José, El Pardito, Norte de San Francisquito y Punta Coyote.

En las zonas totales temporales no podrá realizarse ninguna actividad de pesca comercial, didáctica, de fomento o de consumo doméstico sobre ninguna especie de flora o fauna acuáticas durante un periodo definido, mientras que la pesca deportivo-recreativa sólo se permitirá en la modalidad de “captura y libera”.

Mientras que en las zonas de refugio pesquero parciales temporales sólo se podrán realizar actividades de pesca comercial, deportiva-recreativa o de consumo doméstico sobre una o varias especies de flora y fauna acuática, durante un periodo definido y solo mediante el uso de artes o métodos de pesca específicos de carácter altamente selectivo.

En total se establecieron 12 polígonos como zonas de refugio pesquero, nueve totales temporales y tres parciales temporales, por un nuevo periodo de cinco años.

La violación de estas medidas sería sancionada por la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.