Representantes federales de Baja California Sur en la Cámara de Diputados, como Alfredo Porras Domínguez, votaron a favor de que se implemente la cobranza delegada para los créditos de nómina. Esto significa que la entidad que ha hecho el préstamo al trabajador, recibirá el dinero directamente del patrón antes de que éste lo deposite en la cuenta de su empleado.

Para que esta modalidad se active, tendrá que haber un contrato previo entre el patrón y el empleado, en que éste otorgue la autorización de pagar los abonos del préstamo directamente a la entidad financiera que otorgó el crédito.

O en otras palabras, que el patrón puede depositar directamente el abono sin que pase por las manos del empleador –ni decida si abonar o no– cosa que puede ahorrar tiempo y que garantiza el pago, pero que estaría estipulado bajo un contrato de carácter irrevocable, llamado Contrato de Crédito de Nómina con Cobranza Delegada.

«El dictamen es anticonstitucional porque viola el artículo 123 de la Carta Magna, abusivo y con falta de transparencia. Lo que se busca es regular las tiendas de raya y si realmente se quiere estar a favor de las y los trabajadores se deben regular las tasas de interés y el CAT; tampoco contempla el seguro del desempleo», aseguró Olga Luz Espinosa Morales, diputada del PRD.

Mientras que el priísta Riult Rivera Gutiérrez aseguró que con estas modificaciones se les otorga «a los bancos las facultades de servirse a manos llenas, están engañando al pueblo. Vamos a defender el salario de las y los trabajadores».

En el contrato que se acuerde entre el trabajador y el empleado para la Cobranza Delegada, se definirían montos, cantidades de abonos y poca letra chica, por la que estarían condicionados también las entidades financieras de presentar acuerdos claros, o en su defecto serán acreedores a multas también por establecerse.

El contrato será exclusivamente firmado por el trabajador individual y de ninguna manera por sindicatos, organizaciones o personas morales. Jubilados y pensionados del IMSS y del ISSSTE quedan exceptuados del marco legal aplicable a los Créditos de Nómina con Cobranza Delegada y se regirán conforma a la ley de IMSS e ISSSTE.

Un ejemplo de irritación recién nacida a raíz de esta reforma es la de los trabajadores de la CROC, quienes se manifestaron en La Paz y Los Cabos para evitarla, expresando que las deudas con los bancos (porque casi se reduce sólo a los bancos estos créditos por pagar) no deben pagarse directamente de las nóminas o de las empresas donde se trabaja, mucho menos cuando la cantidad de deudas mengue notablemente el sueldo o siga aumentando los intereses por adeudo.