La XVI Legislatura del Congreso del Estado de Baja California Sur aprobó la ampliación de los supuestos por los cuales el delito de violencia familiar y violencia familiar equiparada en la entidad, se perseguirá de oficio y que ya no sea necesario presentar una denuncia.

Integrantes del pleno aprobaron el dictamen de la Comisión Permanente de Puntos Constitucionales y de Justicia referente a dos iniciativas para reformar los artículos 200, 201 y 202 del Código Penal del Estado a fin de modificar que los delitos de violencia familiar y violencia familiar equiparada ya no se sigan por querella, es decir sin necesidad de que se investigue y se castigue solo a solicitud de la víctima.

Ambas iniciativas fueron propuestas por separado por las diputadas Eda María Palacios Márquez (PRS) y María Guadalupe Moreno Higuera (Morena) ante el crecimiento de los casos de los diferentes tipos de violencia, sobre todo durante el tiempo de pandemia.

La diputada Eda María Palacios Márquez (PRS) reiteró que con esta reforma, el delito de violencia familiar se podrá seguir por oficio en los supuestos de que: sea menor de edad, incapaz o no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho; presente una discapacidad sensorial, física o mental, total o parcial, temporal o permanente; sea mayor de sesenta años de edad; sea una mujer en estado de embarazo o durante los tres meses posteriores al parto, y exista imposibilidad de la víctima de denunciar.

Además de que las instituciones de impartición de justicia tendrán mayores elementos para actuar;

Por su parte la diputada María Guadalupe Moreno, propuso además reformar los artículos 17 y 35 de la Ley de Acceso a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Baja California Sur, con la que una vez publicado el decreto, quedará establecido que “En materia de violencia política contra las mujeres en razón de género, el Tribunal Estatal Electoral y el Instituto Estatal Electoral, podrán solicitar a las autoridades competentes el otorgamiento de las medidas de protección.

Asimismo en el artículo 35 de la misma ley quedará establecido como obligaciones del Poder Legislativo del Estado el “mantener actualizadas, promover y difundir las leyes que tengan por objeto prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres”, así como que a través de la Auditoría Superior del Estado se revisen las cuentas públicas de las entidades fiscalizadas del Estado y municipios; vigilar el puntual y transparente ejercicio de las partidas presupuestales destinadas a los programas y políticas relacionados con la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia hacia las mujeres.

En el debate la diputada María Luisa Ojeda discrepó que sin previa comunicación se le dio tramite al dictamen, pasando por su persona como presidenta de la Comisión de Igualdad de género; aclaró estar a favor del sentido del dictamen porque beneficia a las mujeres sudcalifornianas, ya que amplía los supuestos por los cuales se persigue de oficio el delito de violencia, pero subrayó estar en desacuerdo de las formas.